Ser Colaborador/a
La última de las fórmulas para ayudar a FUNDEBA es ser COLABORADORA DE LA FUNDACIÓN. A este sistema se acogen las empresas que, por su política empresarial, tamaño u otras razones, prefieran sólo colaborar puntualmente en las actividades y eventos que se organicen. La aportación será estimada según el nivel de implicación de la empresa en cada evento concreto, y será objeto de un convenio específico, en el que se marcará también la difusión no prioritaria que la Fundación se compromete a efectuar de esta colaboración.
En este caso, también la legislación contempla un régimen fiscal favorable, señalando que los ‘Gastos en Actividades de Interés General’ —o asignación por las empresas de partidas destinadas a la realización de actividades u organización de acontecimientos públicos impulsados por FUNDEBA tendrán la consideración de gastos deducibles en el Impuesto sobre Sociedades o, en el caso de empresarios y profesionales en régimen de Estimación Directa, en la base imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.