El PP valenciano incluye la deducción del IRPF por la práctica de actividad física en su programa
Deducir un 30% del gasto anual en el abono de una instalación deportiva, alquiler de pista o el pago de una licencia federativa de deporte base, con un máximo de hasta 300 euros por año y persona. Es la propuesta que el Partido Popular de la Comunitat Valenciana incluirá en su programa electoral para las elecciones autonómicas del próximo mes de mayo, y con la que se busca incentivar la práctica de actividad física en la sociedad valenciana y combatir el sedentarismo, además de dotar al sector de una mayor transparencia en la lucha contra el intrusismo laboral.
Así lo ha desvelado este martes el presidente del PPCV, Carlos Mazón, en una reunión con los representantes de las principales entidades y centros deportivos de la Comunitat Valenciana, en la que ha trasladado la propuesta deportiva con la que la agrupación política incurrirá en las próximas elecciones autonómicas.
Un incentivo a la práctica deportiva que parte de una deducción autonómica en el impuesto sobre las rentas de las personas físicas (IRPF), dirigida a personas que practiquen una actividad deportivas y que incurran para ello en un gasto de acceso a una instalación deportiva o ficha federativa.
De acuerdo a la propuesta a la que ha tenido acceso CMDsport, los gastos imputables a esta deducción serían el abono a una instalación deportiva, gimnasio, alquiler de pista o clase particular reglada, así como los gastos derivados del abono de una licencia federativa en deporte base.
Dicho incentivo se configuraría teniendo en cuenta a la unidad familiar, de modo que la deducción no esté ligada solo al contribuyente que utiliza las instalaciones deportivas, sino también a los miembros de la familia por los que se pueda practicar deducciones por mínimos familiares y que también realicen actividades deportivas. De esta forma, de acuerdo a la propuesta del Partido Popular, sería posible incentivar la práctica deportiva de los descendientes a través de las deducciones fiscales de sus progenitores.
La deducción establecida ascendería al 30% de los gastos incurridos en servicios relativos a la práctica deportiva, originados en el periodo impositivo, tanto por los contribuyentes como por los familiares por los que exista el derecho a practicar reducciones en la base imponible en concepto de mínimos personales y familiares. En todo caso, la cuantía máxima a deducir serían 300 euros anuales por persona.
El porcentaje ascendería al 50% para contribuyentes con una edad superior a los 65 años y al 100% en el caso de edades superiores a los 75 años.
También se pasaría del 30 al 50% de deducción en los casos en los que los contribuyentes que realizan prácticas deportivas tengan acreditada una discapacidad igual o superior al 33%, y del 100% si la discapacidad acreditada es igual o superior al 65%.