El Senado cambia la ley del deporte
El pasado 13 de diciembre, en el Senado, la enmienda número 38 cambió el proyecto de ley del deporte. 144 votos a favor lo propiciaron. En el Congreso, nueve días después, la modificación, leve modificación, quedó consolidada. Luce en el Boletín Oficial de las Cortes, que este miércoles publicó el texto definitivo de la norma, ya aprobada.
El cambio, tal y como explicaron la senadora Assumpció Castellví y la diputada Pilar Calvo, ambas de Junts, la formación impulsora de la enmienda, atendía así a las reclamaciones de los sindicatos de jugadoras, que no es que fueran muy exigentes ni alambicadas. Revisado el borrador del proyecto, se trataba de suprimir un punto del artículo 105 y añadirlo al listado de puntos del 104. Se trataba de convertir una infracción grave en una infracción muy grave.
Atañe a las federaciones deportivas y a las ligas profesionales, según refiere el citado artículo 4 de la nueva ley del deporte. En este apartado de la norma se dice que tales entidades “estarán obligadas a realizar un informe anual de igualdad entre mujeres y hombres respecto de las competiciones que organicen”. El documento lo recibirán el Consejo Superior de Deportes, el Instituto de las Mujeres y el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica.
No sólo habrán de redactar un plan de igualdad, sino además “un protocolo de prevención y actuación para situaciones de discriminación, abusos o acoso sexual y acoso por razón de sexo o autoridad”. Cualquier actitud o acción en esta línea habrá de comunicarse al Consejo Superior de Deportes.
Ambas carencias, las de los informes, tipificadas como infracciones graves en el proyecto que salió del Consejo de Ministros y en el que aprobó el Congreso apenas unos días antes de su aterrizaje en el Senado, son ahora infracciones muy graves, y esto supondrá que si una federación o liga profesional deportiva incurre en ellas podrá ser multada con más de 3.000 euros, con pérdida de puntos o puestos en la clasificación, con incluso la pérdida de categoría o división; con la celebración de un evento a puerta cerrada y hasta con la clausura del recinto o estadio durante la temporada completa, como máximo.
Hay más castigos, algunos contundentes, si bien la regulación determina que la aplicación de los mismos serán proporcionados respecto a la infracción. Con la norma en la mano, el órgano competente podrá también prohibir el acceso a estadios donde se desarrollen las pruebas; eliminar los derechos que, como socio de la entidad, correspondan al infractor; e inhabilitar y suspender licencias.